Las ciudadanas y los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias de manera presencial, por correo, telefónicamente, por medios electrónicos o por aquellos nuevos canales que proporcionen las tecnologías a la ciudadanía.
Presencial o por correo postal
a) En los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
b) También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
Por medios electrónicos
Correo electrónico de la Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia: info@ceam.es
Vía telefónica
606 644 051 (Fundación de la Comunitat Valenciana Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo) 012 (atención ciudadana)
¿Qué documentación se debe presentar?
El impreso normalizado de queja. Si el escrito en el que se formule la queja o sugerencia no reúne los requisitos exigidos, o la cumplimentación del impreso es defectuosa, la Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días, subsane la deficiencia advertida.
Cuanta documentación se considere oportuna en relación con su contenido.
Normativa: Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se establece el sistema para la mejora de la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes y programas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental (DOCV nº 7764, de 20/04/2016)