PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE REFERENCIA CG – 01/10
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El contrato a que se refiere el presente pliego, tiene por objeto la regulación de la adquisición del material a que se refiere el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, con las especificaciones y características señaladas en el mismo.
1.2. Igualmente, se incluye en el objeto contractual el transporte y entrega en la sede de la Fundación, así como, las necesarias labores de asesoramiento, montaje e instalación del material fungible, hasta su efectiva disposición, de acuerdo con las características y condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DEL CONTRATO
El material objeto de la presente contratación, reunirá perfectas condiciones de uso y se ajustará a los caracteres y calidades que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas. Dentro del contrato van implícitos el transporte y la entrega.
3. RÉGIMEN JURÍDICO
3.1. El presente contrato se adjudicará por el procedimiento establecido en este Pliego, regulándose por el mismo, y para lo no previsto en él, por las normas generales de contratación privada.
3.2. El contratista acepta de forma expresa su sumisión a la normativa anteriormente citada así como a las cláusulas del presente Pliego. Se someterá a la Jurisdicción Civil en las cuestiones litigiosas que pudieran derivar de este contrato, y, en concreto, a los Jueces y Tribunales de Paterna (Valencia).
3.3. El contratista adjudicatario contará con el personal necesario para la ejecución del contrato y queda obligado al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de todas las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad social y cualesquiera de otro carácter general.
3.4. El contratista, para utilizar materiales, suministros, procedimientos y equipo para la ejecución del objeto del contrato, deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fábrica correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
3.5. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial e intelectual y deberá indemnizar a la Fundación CEAM todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones.
3.6. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que puedan tener aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
4. PRESUPUESTO
4.1. El tipo de licitación o presupuesto total y máximo fijado por la Fundación CEAM es el establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas, IVA incluido.
4.2. En este presupuesto se incluyen absolutamente todos los factores de valoración y costes económicos, así como cualquier tributo que corresponda devengar por razón del presente contrato, en especial el Impuesto Sobre el Valor Añadido, por lo que los vendedores al formular sus propuestas económicas, se entenderá que han incluido dentro de las mismas, entre otros posibles tributos, el citado impuesto.
5. FORMA DE ADJUDICACIÓN
5.1. El contrato se adjudicará con arreglo a los criterios señalados en el Pliego de Condiciones Técnicas.
5.2. La Mesa de Contratación estará integrada por:
- Presidente, la D.A. para Admón y Finanzas de las Fundación
- Un Investigador Senior desginado por el Director Ejecutivo
- Un Técnico de Grado Superior designado por el Director Ejecutivo
- El Asesor Jurídico de la Fundación
- Un Oficial de Administración que actuará de Secretario
5.3. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre B.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estimara conveniente, un plazo no superior a 4 días para que el licitador lo subsane.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
5.4. A continuación, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres A, valorando las proposiciones económicas y las elevará, con el acta y la propuesta que estime pertinente, al Director Ejecutivo.
5.5. Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo concedido al efecto, el adjudicatario propuesto deberá presentar ‑ por originales o copias compulsadas‑ la siguiente documentación:
- Número de Identificación Fiscal.
- Alta en el IAE en el ejercicio en el domicilio fiscal.
- Documentos acreditativos de estar al corriente de pago de los tributos estatales y autonómicos..
- Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción o alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuotas de los trabajadores a su servicio o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social.
5.6. El Director Ejecutivo, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la celebración de la Mesa de contratación, resolución motivada adjudicando a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso.
La adjudicación definitiva, una vez acordada, cualquiera que sea el procedimiento seguido y la forma de contratación empleada, será notificada a los participantes en la licitación.
6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
6.1. Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar o acrediten la suficiente solvencia económica, financiera o técnica y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 20 de la LCAP como prohibitivas para contratar. Tampoco podrán contratar las entidades que estén participadas por cualquier miembro del Patronato de la Fundación o persona al servicio de la Fundación. Debe tenerse en cuenta que la prohibición alcanza a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia y descendientes menores de edad de las personas a las que se refieren las normas anteriormente citadas.
6.2. La Fundación podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escrituras públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Fundación y ante la cual nombrará un representante un apoderado único.
6.3. Los contratistas deberán ser personas físicas o jurídicas españolas o extranjeras cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente y disponga de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o en representación de sociedad o persona jurídica, justificarán esta condición.
6.4. La empresa deberá hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, así como del Impuesto de Actividades Económicas.
6.5. Deberá, asimismo, hallarse al corriente de las obligaciones de Seguridad Social, en concreto:
- Estar inscrita en la Seguridad Social o, si se tratase de un empresario individual afiliado y en alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, por razón de la actividad.
- Haber afiliado y haber dado de alta a los trabajadores que tengan a su servicio, y estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
6.6. Las empresas extranjeras que pretendan contratar con la Fundación deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
- Tener plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la Legislación de su país.
- Que el país de procedencia de la empresa extranjera admita, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancial análoga. Este requisito se acreditará mediante informe de la Embajada de España respectiva, que se acompañará a la documentación. Esta condición no será exigible a las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea.
- Que la empresa en su proposición haga declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
Los documentos presentados por los licitadores serán originales o fotocopias compulsadas y si están expedidos en el extranjero y en idiomas distintos que el castellano, valenciano, alemán o inglés, deberán estar traducidos por el Servicio de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, además de estar legalizadas y visadas sus firmas por dicho Ministerio.
7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑARLAS
7.1. Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados y lacrados, firmados por el licitador o persona que lo presente. En cada uno de los sobres se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.
Denominado proposición económica, se ajustará al modelo contenido en la cláusula final y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: Proposición económica para el concurso de suministro, con la referencia expresada en el Pliego de Condiciones Técnicas.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición,. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Los concursantes deberán acompañar a su proposición la documentación referida en el Pliego de Condiciones Técnicas y sus Anexos.
Denominado documentos generales para el concurso de suministro, con la referencia expresada en el Pliego de Condiciones Técnicas, y contendrá la siguiente documentación:
- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
- Poder Bastanteado por el Asesor Jurídico de la Fundación o por Letrado con ejercicio en ámbito del Colegio Profesional, cuando se actúe por representación.
- En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Fundación.
- Declaración responsable de licitador, otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar, enumeradas en el art. 20 LCAP, ni las previstas en este Pliego.
- Informe de instituciones financieras, acreditativo de la solvencia económica y financiera o, en su defecto, seguro de indemnización por riesgos profesionales.
7.2. Las proposiciones deberán presentarse en el Registro de las oficinas de la Fundación, Parque Tecnológico de Paterna, Calle Charles R. Darwin, 14, 46980 (Paterna) Valencia, de las 9 a las 14 horas, de lunes a viernes, en el plazo indicado en el anuncio publicado en el DOCV. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar el mismo día a la Fundación, por FAX o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos, no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
8. VIGENCIA
8.1. El plazo para la prestación del servicio será el establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas, desde la notificación de la adjudicación.
8.2. Los bienes objeto del presente contrato serán entregados y, en su caso, instalados en perfecto estado de funcionamiento en el lugar que se establezca en el Pliego de Condiciones Técnicas.
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
9.1. La Fundación y el contratista deberán formalizar en contrato de adjudicación del servicio en documento privado, dentro de los diez días siguientes al de notificación.
9.2. Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
- Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
- Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.
10. ABONOS AL ADJUDICATARIO
10.1. Sólo se abonarán al adjudicatario o adjudicatarios los servicios que realicen conforme al precio de la adjudicación.
10.2. El contratista expedirá factura mensual por los suministros entregados y por departamento solicitante del suministro.
11. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas que podrán motivar la resolución del contrato las comunes del Código Civil. y, especialmente, el incumplimiento de las características especificadas y ofertadas para los bienes objeto del contrato y la falta de calidad de los mismos.
12. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
12.1. En caso de que se observase que los gases no reúnen las características previstas en el Pliego de Condiciones Técnicas, la Fundación devolverá el continente debiendo suministrarse inmediatamente, sin perjuicio de la reclamación de las responsabilidades a que hubiera lugar.
12.2. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Fundación hubiere incurrido en mora al recibirlos
13. REVISIÓN DE PRECIOS
En el contrato a que se refiere el presente Pliego, no procederá la inclusión de cláusula alguna por la que se establezca revisión de precios.
14. MODELO DE PROPOSICIÓN
Don........................................., mayor de edad, vecino de ....................................., con domicilio en ........................, con DNI ............................., expedido con fecha ..........................., en nombre de....................., lo que acredito mediante poder bastante que acompaño, enterado del procedimiento de selección y contratación para el suministro de referencia, se compromete a realizarlo, con sujeción a los Pliegos que lo regulan, en las siguientes condiciones.
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GAS |
PRECIO |
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Alquiler botellas 50 litros |
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Transporte botellas 50 litros |
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Alquiler contenedores de nitrógeno liquido |
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Transporte de contenedores de nitrógeno liquido |
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Paterna, a 7 de julio de 2010
EL DIRECTOR EJECUTIVO
Fdo.- Millán Millán Muñoz